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TURESPAZO en Galicia: REAT, pernoctas y sanciones

RegistroViajero 7 min de lectura
Un viajero entrega un sobre por una ventanilla de piedra en un edificio gallego con tejado de pizarra; en el dintel, una vieira tallada; junto a la puerta, una baldosa con un pulpo pintado en azul; gaviotas en el cielo

Si tienes una vivienda de uso turístico en Galicia, hay dos obligaciones de registro encima de la mesa y la mayoría de las guías las cuenta como una sola.

La nacional es el parte de viajeros que va a la Policía vía SES.HOSPEDAJES en 24 horas; viene del Real Decreto 933/2021. La autonómica son los datos de ocupación que la Xunta pide cada trimestre a través de TURESPAZO. Distintos plazos, distintas multas, distinto organismo.

Aquí va la autonómica.

Qué es TURESPAZO

TURESPAZO es la extranet de la Axencia Turismo de Galicia, accesible en turespazo.turismo.gal. Es donde tramitas el alta de tu vivienda en el REAT (Registro de Empresas e Actividades Turísticas) y donde comunicas las pernoctas cada trimestre.

REAT y TURESPAZO no son lo mismo

REAT es la base de datos oficial. TURESPAZO es la web por la que se accede a esa base y por la que se reportan las pernoctas.

Sin estar inscrito en REAT no puedes operar como vivienda turística en Galicia, y el número que te asignan tienes que enseñarlo en cualquier anuncio público. Airbnb y Booking ya rechazan automáticamente los anuncios que no lo declaran.

Esto no sustituye al parte que va a la Policía

Estas dos obligaciones conviven; cumplir una no te exime de la otra. SES.HOSPEDAJES lleva cada parte al Ministerio del Interior en menos de 24 horas desde el check-in. TURESPAZO lleva las pernoctas (datos agregados, sin DNI) a la Xunta una vez por trimestre. Son dos organismos, dos formatos y dos calendarios. Cada incumplimiento se sanciona por separado.

El soporte normativo viene de varias capas, autonómicas y estatales.

  • Ley 7/2011, de 27 de octubre, do turismo de Galicia (publicada como BOE-A-2011-19058). Es la ley marco; de aquí salen el deber de comunicación de datos a la administración turística y el régimen sancionador.
  • Ley 2/2019, de 22 de febrero, do turismo de Galicia. Actualiza partes del marco anterior.
  • Decreto 196/2012, de 27 de septiembre. Desarrolla el REAT y los procedimientos de inscripción.
  • Decreto 12/2017, de 26 de enero. Regula específicamente las viviendas de uso turístico (VUT) en Galicia y obliga a la DRIA (Declaración Responsable de Inicio de Actividad).
  • Real Decreto 1312/2024. Norma estatal del NRA / NRUA, exigido desde el 1 de julio de 2025 para anunciar en plataformas. Convive con todo lo anterior; no lo sustituye.

Quién está obligado

Tres perfiles principales caen dentro:

  • Titulares de viviendas de uso turístico (VUT) inscritas en REAT.
  • Empresas turísticas que comercialicen VUT en Galicia (gestoras, plataformas que actúen como agencia).
  • Otros establecimientos reglados (hoteles, hostales, casas rurales) con sus formatos específicos dentro de TURESPAZO.

Quedan fuera el alquiler residencial de larga duración (más de 32 días según el Decreto 12/2017) y los alquileres por habitación que no se anuncian como turísticos. Este post se centra en VUT, que es el caso más común.

Qué datos hay que comunicar

Cada pernocta se reporta con cinco campos, no con el detalle de huésped que ya envías a SES:

  • Fecha de check-in.
  • Fecha de check-out.
  • País de residencia del huésped.
  • Sexo del huésped.
  • Provincia de residencia, si reside en España.

Más el identificador del alojamiento (la “firma” de VUT que TURESPAZO te asigna cuando lo das de alta).

No se envía nombre, DNI ni documento. Para eso ya está SES.HOSPEDAJES. TURESPAZO es estadística pública.

Plazos

Cuatro envíos al año, uno por cada trimestre natural una vez se cierra.

Las fechas concretas las publica TURESPAZO en avisos dentro de tu cuenta. La ley no fija un día concreto, así que el calendario operativo viene de ahí, no del BOE. Lo habitual es disponer de algunas semanas del trimestre siguiente para subir los datos del que acaba de cerrar.

La primera vez no te fíes de la memoria: abre tu cuenta y mira qué aviso está vigente.

Cómo darse de alta en TURESPAZO paso a paso

  1. Resolver la inscripción en REAT. Necesitas la DRIA (Declaración Responsable de Inicio de Actividad), licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, seguro de responsabilidad civil, y pagar la tasa correspondiente (alrededor de 60,98 € a fecha de redacción; conviene verificar la tarifa vigente en la sede electrónica de la Xunta antes de pagar).
  2. Esperar al número REAT. La administración revisa la documentación en hasta 15 días hábiles y, si todo está correcto, te asigna el número.
  3. Solicitar acceso a TURESPAZO. Desde turespazo.turismo.gal/es/web/turespazo/login, “Crear cuenta”, con tu DNI/NIE y el número REAT.
  4. Vincular cada VUT a tu cuenta. Obtendrás una firma de VUT (un identificador técnico) que servirá para subir datos manual o automáticamente.

Comunicación manual o automática

Hay dos formas de hacer llegar los datos:

  • Manual. Subes un formulario web por cada estancia o cargas un fichero por lotes desde tu cuenta TURESPAZO. Funciona para volúmenes pequeños, aunque a partir de unas decenas de pernoctas al trimestre se vuelve tedioso.
  • Automática. Vía integración con software de gestión. Algunos proveedores (PARTEE, Chekin, CheckinScan) ya lo ofrecen.

En RegistroViajero estamos terminando la integración directa con TURESPAZO. Hoy por hoy, lo que hacemos es generarte el fichero en el formato que la plataforma acepta y subirlo tú. Si necesitas el envío automático ya, díselo a quien te atienda al abrir la prueba y te avisamos en cuanto la integración esté en producción. No queremos que te enteres por una multa.

Sanciones por incumplir

El régimen sancionador está en los artículos 110-114 de la Ley 7/2011 del turismo de Galicia:

TipoCuantía
Infracción levehasta 1.500 €
Infracción gravede 1.501 € a 9.000 €
Infracción muy gravede 9.001 € a 150.000 €

Operar sin estar inscrito en REAT, no enseñar el número REAT en los anuncios o no comunicar las pernoctas a TURESPAZO suelen calificarse como infracción grave. Las muy graves quedan para reincidencias o casos con daño al usuario.

Y todo esto va por separado del RD 933/2021: una multa estatal por no haber enviado el parte a SES.HOSPEDAJES no anula una multa autonómica por no haber comunicado las pernoctas a la Xunta. Las dos pueden caer en el mismo expediente.

El RITGA: el registro que viene

En 2025, dentro del Plan Smart Turismo, la Xunta anunció un nuevo registro: el RITGA (Registro de Información Turística de Galicia). La intención es que sustituya al REAT y absorba también restauración y servicios turísticos, no solo alojamiento.

TURESPAZO seguirá siendo la web de acceso. No hay calendario público de entrada en vigor todavía; cuando lo haya, actualizamos este post.

Preguntas frecuentes

¿Necesito darme de alta en TURESPAZO si solo tengo una habitación en alquiler turístico? Si tu actividad está dentro del régimen de VUT o establecimiento turístico de Galicia, sí. La obligación no depende del tamaño.

¿Y si solo alquilo en verano? Igual. La obligación es por trimestre natural; si el trimestre tiene cero pernoctas, comunicas cero, pero comunicas.

¿Puedo delegar TURESPAZO en mi gestor o gestora? Sí. Autorizas a un tercero desde la propia plataforma y entran con sus credenciales en tu nombre.

¿Y si tengo una VUT en Galicia y otra en Madrid? Para la de Galicia, REAT + TURESPAZO + SES.HOSPEDAJES. Para la de Madrid, solo SES.HOSPEDAJES; Madrid no tiene equivalente autonómico hoy.

¿Esto reemplaza al parte de viajeros que envío a la Policía? No. Son obligaciones independientes y acumulativas, con organismo y plazo distintos. Lo desarrollamos en la sección de marco legal.

Resumen accionable

Si gestionas una VUT en Galicia, tu lista mínima:

  • Inscripción en REAT (DRIA, documentos, tasa).
  • Número REAT visible en todos los anuncios (Airbnb, Booking, Vrbo).
  • Cuenta activa en TURESPAZO con firma asignada a cada VUT.
  • Comunicación de pernoctas cada trimestre (check-in, check-out, sexo, país, provincia ES).
  • Cumplimiento en paralelo del RD 933/2021 (parte de viajeros a SES.HOSPEDAJES en 24 h).
  • NRUA si anuncias en plataformas (RD 1312/2024).
  • Atención al calendario de errores SES para evitar rechazos que terminen en sanción.

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