En una vivienda turística gallega corren dos relojes a la vez: uno de 24 horas y otro de tres meses. El primero es el del parte de viajeros. El segundo lo pone la Xunta, y es el que pilla desprevenido a quien acaba de dar de alta su primera vivienda.
Las dos obligaciones se explican a menudo como si fueran una sola. No lo son. El parte de viajeros va al Ministerio del Interior por SES.HOSPEDAJES, viajero a viajero, en menos de 24 horas. Es la obligación estatal del Real Decreto 933/2021, y rige en Galicia igual que en el resto de España. Los datos de ocupación van a la Axencia Turismo de Galicia por TURESPAZO, agregados y una vez por trimestre. Esa es la autonómica.
Galicia no tiene canal policial propio. Cataluña y el País Vasco sí lo tienen, y allí el parte se entrega a los Mossos d’Esquadra o a la Ertzaintza en lugar de a SES.HOSPEDAJES. En Galicia el parte sigue yendo al Ministerio, y TURESPAZO se suma encima como estadística turística.
Qué es el REAT
Las siglas son de Registro de Empresas e Actividades Turísticas, y lo gestiona la Axencia Turismo de Galicia. Es el censo oficial de quién puede prestar servicios turísticos en la comunidad: viviendas de uso turístico, hoteles, casas rurales, campings, agencias.
Para una VUT, estar en el REAT tiene tres efectos prácticos:
- El código de inscripción que te asignan va en todos los anuncios. Airbnb y Booking lo comprueban y retiran automáticamente lo que no lo declara.
- La inscripción es lo que te abre la puerta a TURESPAZO, que es por donde después comunicas las pernoctas.
- Cada cambio en los datos declarados vuelve al registro, incluido el cambio de titular.
Hay un matiz que ahorra semanas de espera, y suele contarse al revés: lo que te habilita para alquilar no es la inscripción, es haber presentado la declaración responsable.
“La presentación de la declaración responsable, en las condiciones previstas en este decreto, habilita para el desarrollo de la actividad turística de vivienda de uso turístico, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones exigidas en otras normas que les resulten de aplicación.”
Lo que no puedes hacer es alquilar sin haber presentado nada. Ejercer la actividad turística sin declaración responsable es infracción grave en la ley gallega2, y una grave se mueve entre 901 y 9.000 €.
Anunciarte tampoco exige esperar, porque la ley admite un sustituto provisional:
“En toda publicidad o actuación de promoción que se realice, por cualquier medio o canal, deberá figurar el código de inscripción correspondiente en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia o, de no disponer de él, el código acreditativo de la presentación de la declaración responsable que facilite la Administración.”
Mientras la inscripción se resuelve, en la ficha de Airbnb va ese código de presentación de la DRIA, no un hueco en blanco.
Cómo consultar tu número REAT
Con la vivienda inscrita manejas dos identificadores distintos, y confundirlos cuesta una tarde:
- El código de inscripción en el REAT es el que va en los anuncios.
- La signatura identifica tu establecimiento ante Turismo de Galicia, y es el dato que te piden para crear la cuenta de TURESPAZO. Se consulta en el apartado Consulta de signaturas de la extranet.
Si lo que buscas es el código de inscripción, tienes tres sitios donde mirar antes de llamar a nadie:
- Abre la resolución de inscripción que te notificó la Xunta cuando se aprobó el alta. El número asignado figura ahí.
- Entra en tu cuenta de TURESPAZO y revisa los alojamientos que tengas vinculados.
- Mira tu propio anuncio, si ya lo publicaste en su día en Airbnb, Booking o Vrbo. El número tiene que estar visible por obligación.
Si no aparece por ninguna vía, el Sistema de Intelixencia Turística de Galicia publica el directorio de alojamientos del REAT como fichero descargable en Excel y CSV4. No es un buscador: te bajas el listado y buscas dentro. Y ojo, quedan fuera los establecimientos que pidieron no figurar en la publicación, así que no encontrarte ahí no significa que no estés inscrito.
Si compraste una vivienda que ya operaba, no des por hecho que el número viaja contigo sin trámite. El cambio de titular modifica los datos de la declaración responsable. Esas modificaciones se comunican al área provincial de la Axencia Turismo de Galicia en un plazo máximo de 10 días, para que se anoten en el REAT1.
REAT y TURESPAZO no son lo mismo
Se confunden constantemente porque se usan a la vez. REAT es la base de datos oficial. TURESPAZO es la extranet de la Axencia Turismo de Galicia, accesible en turespazo.turismo.gal, por la que se accede a esa base y por la que se reportan las pernoctas cada trimestre.
Dicho de otra forma: el REAT es dónde estás, TURESPAZO es por dónde entras.
TURESPAZO no sustituye al parte de viajeros de SES.HOSPEDAJES
Estas dos obligaciones conviven; cumplir una no te exime de la otra. El propio decreto gallego lo da por hecho: cuando regula el funcionamiento de las VUT no crea un parte autonómico, remite a la norma estatal que esté vigente.
“Las viviendas de uso turístico deberán cumplir la normativa vigente en materia de libros registro y partes de entrada de viajeros.”
Esa normativa vigente es el RD 933/2021, y su canal es SES.HOSPEDAJES. Lo que TURESPAZO añade en Galicia es una obligación distinta, con otro destinatario y otro reloj:
| Parte de viajeros | Datos de ocupación | |
|---|---|---|
| Canal | SES.HOSPEDAJES | TURESPAZO |
| Destinatario | Ministerio del Interior | Axencia Turismo de Galicia |
| Norma | RD 933/2021 | Ley 7/2011, artículo 65 bis.3 |
| Qué se envía | cada viajero, con su documento | pernoctas agregadas, sin nombres |
| Cuándo | antes de 24 horas desde el inicio de la estancia | una vez por trimestre |
Cada incumplimiento se sanciona por separado, y la multa de una administración no absorbe la de la otra.
Marco legal del REAT y TURESPAZO
El soporte normativo viene de varias capas, autonómicas y estatales.
- Ley 7/2011, de 27 de octubre, do turismo de Galicia (publicada como BOE-A-2011-19058)2. Es la ley marco: de aquí salen la definición de vivienda de uso turístico, el deber trimestral de comunicar datos de ocupación y el régimen sancionador.
- Decreto 196/2012, de 27 de septiembre. Crea la Agencia de Turismo de Galicia, el organismo que gestiona el REAT.
- Decreto 12/2017, de 26 de enero. Regula específicamente las viviendas de uso turístico (VUT) en Galicia y obliga a la DRIA (Declaración Responsable de Inicio de Actividad)1.
- Real Decreto 1312/2024. Creó el registro estatal NRA / NRUA, exigido desde el 1 de julio de 2025 para anunciar en plataformas5.
Ese último ya no se aplica. El Tribunal Supremo anuló el registro único por sentencia 620/2026, de 19 de mayo, publicada en el BOE el 8 de junio de 20266. En Galicia, por tanto, el número que se te exige hoy es el del REAT, y el resto del marco autonómico sigue vigente.
Quién está obligado al REAT y a TURESPAZO
Tres perfiles principales caen dentro:
- Titulares de viviendas de uso turístico (VUT) inscritas en REAT.
- Empresas turísticas que comercialicen VUT en Galicia (gestoras, plataformas que actúen como agencia).
- Otros establecimientos reglados (hoteles, hostales, casas rurales) con sus formatos específicos dentro de TURESPAZO.
Los dos primeros perfiles no se reparten la obligación, la comparten. Cuando la vivienda la comercializa alguien distinto del propietario, la ley gallega los ata a los dos frente a la Xunta:
“Las personas propietarias y/o comercializadoras quedarán obligadas frente a la Administración turística […] y responderán de manera solidaria frente a aquella, incluida la obligación de suscribir y mantener vigentes los seguros de responsabilidad civil.”
Para una agencia, esa palabra, solidaria, es la que cambia el riesgo. La Xunta puede reclamarte a ti el incumplimiento entero, seguro de responsabilidad civil incluido, sin tener que ir primero contra el propietario. Lo que hayáis pactado en el contrato de gestión reparte el coste después entre vosotros, pero no decide a quién puede dirigirse la Administración. En la práctica, el seguro y el código de inscripción del REAT hay que comprobarlos propiedad por propiedad antes de firmar la gestión, no cuando llega el expediente.
Antes de tramitar nada, comprueba que tu caso entra. La ley gallega define la vivienda de uso turístico por dos criterios que se suman:
- Corta duración. La cesión de uso es inferior a treinta días consecutivos. Por encima, el alquiler queda fuera del ámbito turístico.
- Reiteración. La vivienda se cede dos o más veces dentro del período de un año.
Si falta cualquiera de los dos no hay VUT: ni REAT, ni TURESPAZO, ni número en los anuncios.
Hay además un requisito que no es de duración sino de objeto, y es el que deja fuera el alquiler por habitaciones. La comercialización de una vivienda de uso turístico, dice el artículo 65 bis.2:
”[…] deberá consistir en la cesión temporal del uso y disfrute de la totalidad de la vivienda, sin que se puedan formalizar contratos por habitaciones ni coincidir dentro de la vivienda personas usuarias que formalicen diferentes contratos.”
Una habitación suelta, por tanto, no puede inscribirse como VUT en Galicia por muchas veces que se alquile. Explotarla exige encajar la actividad en otra figura de la normativa turística gallega, con su propio régimen de alta.
Lo que sí sigue prohibido es anunciar una vivienda fuera del ámbito turístico en canales de oferta turística sin advertir expresamente de que no es un alojamiento turístico3. Ahí quedan el alquiler residencial de larga duración y el alquiler por habitaciones.
Qué datos hay que comunicar a TURESPAZO
Cada pernocta se reporta con cinco campos, no con el detalle de huésped que ya envías a SES:
- Fecha de check-in.
- Fecha de check-out.
- País de residencia del huésped.
- Sexo del huésped.
- Provincia de residencia, si reside en España.
Más el identificador del alojamiento: la signatura con la que Turismo de Galicia distingue tu establecimiento.
No se envía nombre, DNI ni documento. Para eso ya está SES.HOSPEDAJES. TURESPAZO es estadística pública.
Plazos para comunicar las pernoctas en TURESPAZO
Cuatro envíos al año, uno por cada trimestre natural una vez se cierra. La periodicidad no es una costumbre del portal, está en la ley:
“Asimismo, las empresas turísticas o las personas propietarias que comercialicen las viviendas de uso turístico deberán proporcionar, con una periodicidad trimestral, a la entidad pública instrumental competente en materia de turismo los datos de ocupación de las viviendas de uso turístico.”
Esa entidad pública instrumental es la Axencia Turismo de Galicia, y su ventanilla es TURESPAZO. Lo que la ley no fija es el día: dice trimestral y ahí se detiene.
Las fechas concretas las publica TURESPAZO en avisos dentro de tu cuenta, así que el calendario operativo viene de ahí y no del DOG. Lo habitual es disponer de algunas semanas del trimestre siguiente para subir los datos del que acaba de cerrar.
La primera vez no te fíes de la memoria: abre tu cuenta y mira qué aviso está vigente.
Cómo darse de alta en TURESPAZO paso a paso
Antes de abrir ningún formulario, reúne la documentación que la declaración responsable te obliga a tener disponible1:
- Documento que acredite la personalidad jurídica del solicitante.
- Título o contrato que pruebe la libre disponibilidad de la vivienda.
- Título suficiente para comercializarla, si la comercializa otra persona o empresa.
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado equivalente.
- Seguro de responsabilidad civil que cubra daños corporales, daños materiales y perjuicios económicos de las personas usuarias.
- Un teléfono de atención de incidencias disponible 24 horas.
Con eso encima de la mesa, el trámite son seis pasos:
- Paga la tasa antes de presentar nada. La tarifa 31.19.01 del anexo de tasas de la Xunta fija 60,98 € para establecimientos de hasta 10 unidades de alojamiento, el caso de una VUT7. Se actualiza cada año.
- Presenta la declaración responsable de inicio de actividad en el modelo normalizado del anexo V del Decreto 12/2017, ante el área provincial de la Axencia Turismo de Galicia donde radique la vivienda1.
- Guarda la notificación de la inscripción, que es el documento donde viene tu código del REAT.
- Localiza la signatura de tu establecimiento en el apartado Consulta de signaturas de la extranet.
- Crea el usuario con la opción Nuevo usuario de la pantalla de inicio de TURESPAZO. Los dos datos obligatorios son el NIF del titular y la signatura de uno de los establecimientos de tu propiedad8.
- Entra con la contraseña que te llegue por correo y cámbiala por otra que solo conozcas tú8.
La notificación de la inscripción tiene plazo máximo, y lo fija el decreto:
“La citada inscripción se le notificará a la persona interesada en el plazo máximo de 15 días desde que la declaración responsable tenga entrada en el registro del área provincial correspondiente de la Agencia Turismo de Galicia.”
Quince días es el techo de la notificación, no una veda. La actividad arranca con la presentación de la declaración responsable, no con la inscripción.
Comunicación de pernoctas a TURESPAZO: manual o automática
Hay dos formas de hacer llegar los datos:
- Manual. Subes un formulario web por cada estancia o cargas un fichero por lotes desde tu cuenta TURESPAZO. Funciona para volúmenes pequeños, aunque a partir de unas decenas de pernoctas al trimestre se vuelve tedioso.
- Automática. Vía integración con software de gestión. La extranet tiene un apartado propio sobre la integración de datos de ocupación de VUT a través de terceras empresas, y algunos proveedores (PARTEE, Chekin, CheckinScan) ya la ofrecen.
RegistroViajero automatiza el parte de viajeros a SES.HOSPEDAJES, no la comunicación trimestral a TURESPAZO. Son obligaciones distintas y la gallega no la cubrimos. Si gestionas una VUT en Galicia con nosotros, las pernoctas las sigues subiendo tú a TURESPAZO cada trimestre, o las delegas en tu gestoría.
Sanciones por incumplir con el REAT y TURESPAZO
El régimen sancionador está en los artículos 109 a 114 de la Ley 7/2011 del turismo de Galicia2. El artículo 114 fija los tramos:
| Tipo | Cuantía |
|---|---|
| Infracción leve | apercibimiento o hasta 900 € |
| Infracción grave | de 901 € a 9.000 € |
| Infracción muy grave | de 9.001 € a 90.000 € |
La calificación exacta la decide el órgano que instruye, pero los tipos donde encajan los tres fallos habituales son estos:
- Ejercer sin haber presentado la declaración responsable: grave. Artículo 110.1, prestar servicios turísticos sin declaración responsable ni autorización preceptiva.
- No exhibir el código de inscripción en los anuncios: leve. Artículo 109.2.b), incumplir el deber de exhibir distintivos, carteles y documentación exigidos por la normativa turística.
- No comunicar las pernoctas a TURESPAZO: leve. Artículo 109.2 para las obligaciones formales, y 109.11 como cierre para cualquier incumplimiento que no sea grave ni muy grave.
Las muy graves son otra liga: desviar ayudas públicas, ofrecer servicios que vulneren derechos fundamentales, o reincidir en faltas graves. La reincidencia exige más de una infracción de la misma naturaleza en un año, declarada por resolución firme.
Y todo esto va por separado del RD 933/2021: una multa estatal por no haber enviado el parte a SES.HOSPEDAJES no anula una multa autonómica por no haber comunicado las pernoctas a la Xunta. Las dos pueden caer sobre la misma vivienda.
Qué es el RITGA y qué relación tiene con tu número REAT
El RITGA se presenta a veces como un registro nuevo, pendiente de sustituir al REAT. No lo es. El RITGA (Rexistro de Información Turística de Galicia) es la renovación tecnológica del propio REAT.
Turismo de Galicia lo puso en marcha junto con la Agencia para la Modernización Tecnológica (Amtega), dentro del Plan Smart Turismo, y lo anunció el 25 de mayo de 2015. Lo que hizo fue modernizar el registro oficial de recursos turísticos, que llevaba funcionando desde los años ochenta, unificar las bases de datos de recursos y permitir que esos datos alimenten otras aplicaciones de Turismo de Galicia9.
Está operativo, con su propio portal en ritga.turismo.gal. Para ti eso significa lo aburrido y lo bueno: no hay nada que esperar ni nada que hacer. Tu inscripción sigue siendo la del REAT y tu número sigue siendo el que enseñas en los anuncios.
Preguntas frecuentes
¿Qué significan las siglas REAT? Las siglas REAT significan Registro de Empresas e Actividades Turísticas. Es el registro de la Axencia Turismo de Galicia donde se inscriben alojamientos y empresas turísticas de la comunidad.
¿El REAT y el número de registro de las plataformas son lo mismo? El REAT y el número de registro que piden las plataformas no son exactamente lo mismo. El número REAT es el autonómico y es el que Galicia te exige enseñar. El NRUA era el estatal, y el Tribunal Supremo lo anuló en 2026.
¿Qué diferencia hay entre el código del REAT y la signatura de TURESPAZO? La diferencia entre el código del REAT y la signatura de TURESPAZO es para qué sirve cada uno. El código de inscripción va en los anuncios; la signatura identifica el establecimiento ante Turismo de Galicia y es lo que te piden para crear la cuenta de la extranet.
¿Necesito darme de alta en TURESPAZO si solo tengo una habitación en alquiler turístico? Darte de alta en TURESPAZO por una sola habitación no es posible como vivienda de uso turístico, porque en Galicia una VUT se cede entera: la ley exige la cesión temporal del uso y disfrute de la totalidad de la vivienda y prohíbe formalizar contratos por habitaciones o que coincidan dentro de la vivienda usuarios con contratos distintos. Alquilar habitaciones sueltas obliga a encajar la actividad en otra figura de la normativa turística gallega, con su propia alta, o a quedar fuera del ámbito turístico. Es esa calificación, y no el tamaño, la que decide si TURESPAZO te corresponde.
¿Y si solo alquilo en verano? Alquilar solo en verano no cambia nada. La obligación es por trimestre natural; si el trimestre tiene cero pernoctas, comunicas cero, pero comunicas.
¿Puedo delegar TURESPAZO en mi gestor o gestora? Sí, puedes delegar TURESPAZO en tu gestor o gestora. Autorizas a un tercero desde la propia plataforma y entran con sus credenciales en tu nombre.
¿Y si tengo una VUT en Galicia y otra en Madrid? Con una VUT en Galicia y otra en Madrid cumples por separado en cada una. Para la de Galicia, REAT + TURESPAZO + SES.HOSPEDAJES. Para la de Madrid, solo SES.HOSPEDAJES; Madrid no tiene equivalente autonómico hoy.
¿TURESPAZO reemplaza al parte de viajeros que envío a la Policía? TURESPAZO no reemplaza el parte de viajeros que envías a la Policía. Son obligaciones independientes y acumulativas, con organismo y plazo distintos.
Tu lista mínima de cumplimiento para una VUT en Galicia
Si gestionas una VUT en Galicia:
- Declaración responsable presentada e inscripción en REAT resuelta (documentos, tasa).
- Código de inscripción visible en todos los anuncios (Airbnb, Booking, Vrbo), o el código de presentación de la DRIA mientras la inscripción no se resuelva.
- Cuenta activa en TURESPAZO, creada con el NIF del titular y la signatura del establecimiento.
- Comunicación de pernoctas cada trimestre (check-in, check-out, sexo, país, provincia ES).
- Cumplimiento en paralelo del RD 933/2021 (parte de viajeros a SES.HOSPEDAJES en 24 h).
- Nada que pedir en el registro estatal: el número que va en los anuncios es el del REAT, porque el Tribunal Supremo anuló el registro único NRUA en 20266.
- Atención al listado de códigos de error de SES para evitar rechazos que terminen en sanción.
Fuentes
-
Decreto 12/2017, de 26 de enero, de apartamentos y viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en Galicia, artículos 40 a 43 (DOG núm. 29, 10 de febrero de 2017). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5 ↩6 ↩7
-
Ley 7/2011, de 27 de octubre, do turismo de Galicia, texto consolidado (BOE). ↩ ↩2 ↩3
-
Ley 7/2011, artículo 65 bis, viviendas de uso turístico, texto consolidado (BOE). ↩ ↩2 ↩3 ↩4 ↩5
-
Directorios de alojamientos del REAT, ficheros descargables en Excel y CSV (Sistema de Intelixencia Turística de Galicia, Axencia Turismo de Galicia). ↩
-
Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, de Registro Único de Arrendamientos y Ventanilla Única Digital (BOE). ↩
-
Sentencia de 19 de mayo de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, sobre el Real Decreto 1312/2024, BOE núm. 139, de 8 de junio de 2026 (BOE). ↩ ↩2
-
Tarifas de tasas vigentes para 2025, tarifa 31.19.01, clasificación de establecimientos turísticos (Axencia Tributaria de Galicia, ATRIGA, PDF), consultada el 14 de agosto de 2026. ↩
-
Cómo solicito el acceso, alta de nuevo usuario en TURESPAZO (Axencia Turismo de Galicia), consultada el 7 de septiembre de 2026. ↩ ↩2
-
Turismo de Galicia pone en marcha el nuevo registro turístico RITGA, nota de 25 de mayo de 2015 (Turismo de Galicia, Xunta de Galicia), consultada el 14 de agosto de 2026. ↩



