Desde que el Supremo anuló el registro único de arrendamientos, la pregunta más repetida entre gestores es de una practicidad total: ¿y ahora qué número pongo en el anuncio? La confusión es comprensible, porque las plataformas no ayudan: a día de hoy, el centro de ayuda de Airbnb sigue explicando el RD 1312/2024 como si nada hubiera pasado y mantiene sus dos campos de registro, el nacional y el autonómico.
La respuesta corta: el número autonómico de siempre. Es el único que sigue siendo legalmente exigible en tu publicidad, y el que te puede costar una sanción si falta. Vamos con el detalle, comunidad por comunidad.
Qué murió y qué sigue vivo
Las cuatro sentencias del Supremo de mayo y junio de 2026 tumbaron el registro estatal (el NRUA) por invasión de competencias autonómicas. Lo que queda en pie:
- Tu registro autonómico: HUT, VT, VUT, ETV, VV… según tu comunidad. Obligatorio en la publicidad por la norma turística regional, exactamente igual que antes del NRUA.
- La ventanilla única digital y las obligaciones de las plataformas de compartir datos (Reglamento UE 2024/1028): el Supremo las mantuvo expresamente.
- El registro de viajeros (RD 933/2021, SES.HOSPEDAJES): nunca tuvo que ver con el NRUA y sigue intacto.
Lo que ya no es exigible: el número estatal del Registro de la Propiedad. En Cataluña, de hecho, los registros empezaron a cancelar números provisionales tras la publicación de las sentencias en el BOE, con unas 66.000 viviendas registradas afectadas y sin vía de devolución de los aranceles pagados, de momento.
Qué hacer en Airbnb y en Booking hoy
En Airbnb conviven dos campos: el del número nacional y el del registro autonómico. El que importa es el autonómico, dentro de la sección de datos del anuncio (Airbnb tiene artículos por comunidad con el formato esperado; en el de Galicia, por ejemplo, pide el formato VUT-LU-000000). Si en su día rellenaste el campo del NRUA, no hay a fecha de hoy instrucción oficial de la plataforma sobre qué hacer con él; lo que no debes hacer es dejar vacío el campo autonómico.
En Booking el número se introduce por alojamiento en la extranet, en el apartado de licencia. El consejo de la propia plataforma vale para las dos: el número debe estar vigente y escrito en el formato exacto en que lo emitió tu comunidad, con sus barras, guiones y prefijos. La mayoría de los rechazos automáticos de número vienen de ahí.
Y si una plataforma te exige un NRUA que ya no existe o te bloquea el anuncio por ello, reclama a su soporte citando la Sentencia 620/2026 del Tribunal Supremo: la base legal del requisito estatal ha desaparecido, y así lo vienen recogiendo los análisis jurídicos del sector.
El número que sí es obligatorio, comunidad por comunidad
| Comunidad | Registro | Formato habitual |
|---|---|---|
| Andalucía | Registro de Turismo de Andalucía (RTA) | VUT/SE/00000 (el prefijo VFT antiguo se convirtió automáticamente con el Decreto 31/2024) |
| Cataluña | Registre de Turisme de Catalunya (NIRTC) | HUTB-000000 (HUTG, HUTT, HUTL según demarcación); vale el número provisional de la FUE mientras llega el definitivo |
| C. Valenciana | Registre de Turisme | VT-000000-V (A/CS/V según provincia) |
| Madrid | Registro de Empresas Turísticas | Número de referencia VT; tras el Decreto 27/2026 se añade el certificado CIVUT (que es un certificado técnico, no un número de anuncio) |
| Baleares | Registro insular de empresas y establecimientos turísticos | ETV/0000 |
| Canarias | Registro General Turístico | VV-35-3-0000000 (provincia e isla en el número) |
| Galicia | REAT | VUT-CO-000000 |
| País Vasco | REATE | Código con provincia (BI/SS/VI); la Ley 13/2016 exige el número “en todo tipo de publicidad” |
| Asturias | Registro de Empresas y Actividades Turísticas | Signatura VUT o VV, con número y ubicación exacta en el anuncio |
Tres matices que evitan errores:
- Cataluña: no confundas el NIRTC autonómico con el NRUA estatal cancelado. Si tu gestoría te dio de baja “el registro”, comprueba cuál de los dos era.
- Madrid: el requisito histórico de publicar el número “en toda forma de publicidad” fue anulado judicialmente en su día, y el régimen actual viene del Decreto 27/2026. Ten el número y el CIVUT en regla; para el detalle de qué debe aparecer en el anuncio, revisa la norma vigente antes que las guías de las plataformas.
- País Vasco: el registro no es decorativo; el Gobierno Vasco consiguió que Airbnb retirara cientos de anuncios sin número. Las comunidades ya usan esta palanca.
Si tenías un NRUA: checklist de salida
- No lo renueves ni inicies trámites nuevos. La obligación no existe.
- Guarda el expediente completo, incluida la denegación si la hubo: será la base de cualquier reclamación futura de aranceles.
- Verifica tu anuncio hoy: número autonómico presente, en formato exacto, en Airbnb, Booking y tu web.
- Si el registro te cancela el número provisional (caso catalán), no afecta a tu habilitación turística autonómica: son registros distintos.
Mientras el número del anuncio se estabiliza, la otra obligación no espera: cada huésped que entra sigue generando su parte de viajeros con su plazo de 24 horas. Esa parte es la que RegistroViajero automatiza, pase lo que pase con los registros de propiedad.
Preguntas frecuentes
¿Puedo anunciar sin ningún número de registro? No. El NRUA estatal ya no es exigible, pero el número autonómico sigue siendo obligatorio en la publicidad en casi todas las comunidades, con sanciones por omitirlo.
Airbnb todavía me pide el número nacional. ¿Qué pongo? Rellena y cuida el campo del registro autonómico, que es el legalmente exigible. Para el campo estatal no hay hoy instrucción oficial de la plataforma; si te bloquea por él, reclama a soporte citando la anulación del Supremo.
Me han cancelado el NRUA provisional. ¿Tengo que dejar de alquilar? No, siempre que tu habilitación autonómica esté vigente. El número cancelado pertenece al registro estatal anulado, no a tu licencia turística.
¿Me devolverán lo que pagué por el NRUA? No hay procedimiento de devolución anunciado. Conserva facturas y justificantes por si se habilita una vía; algunos afectados están valorando reclamaciones individuales.
¿La ventanilla única digital sigue funcionando? Sí. El Supremo anuló el registro estatal, pero mantuvo la ventanilla y las obligaciones de datos de las plataformas del Reglamento UE 2024/1028.
Fuentes y aviso
Fuentes: Sentencia del Tribunal Supremo (nota del CGPJ); ayuda de Airbnb sobre el RD 1312/2024 y sobre el registro en Galicia, consultadas el 17 de julio de 2026; Decreto 31/2024 de Andalucía (BOJA); Ley 13/2016 de Turismo del País Vasco (BOE); Crónica Global, 15 de junio de 2026.
Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico profesional. Los formatos de número y los requisitos de publicidad son autonómicos y cambian: verifica el tuyo en el registro oficial de tu comunidad.



