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Depósito de arrendamientos de corta duración: la obligación anual que acompaña al NRUA

RegistroViajero 6 min de lectura
Ilustración editorial: un viajero pasa un documento por la ventanilla de una taquilla de piedra; una mano uniformada lo sella con solemnidad mientras un perro callejero mira desde abajo

Si tienes un Número de Registro Único de Arrendamiento (NRUA), el trabajo no termina con obtenerlo. La Orden VAU/1560/2025 añade una obligación que se repite cada año: presentar ante el Registro de la Propiedad un informe de todas las estancias realizadas en tu alojamiento durante el año anterior. Se llama depósito de arrendamientos de corta duración.

La consecuencia de no presentarlo es directa: revocación del NRUA. Sin NRUA activo, Airbnb y Booking están obligados a retirar tus anuncios desde mayo de 2026. No es una sanción económica — es la pérdida inmediata del número que te da acceso a las plataformas.

Qué es el depósito de arrendamientos de corta duración

Es una declaración informativa anual establecida por el Real Decreto 1312/2024 y articulada mediante la Orden VAU/1560/2025 (publicada en el BOE el 31 de diciembre de 2025, referencia BOE-A-2025-27116). Se presenta ante el Registro de la Propiedad a través de la aplicación N2 del Colegio de Registradores.

El informe no es un impuesto ni tiene relación con la Agencia Tributaria. Su propósito es registral: crear un histórico de la actividad de arrendamiento de corta duración vinculado a la finca, coherente con el marco europeo de transparencia sobre alquileres turísticos (Reglamento UE 2024/1028).

Quién tiene que presentarlo

Todo titular o gestor de una propiedad con NRUA concedido, aunque no haya tenido actividad durante el año. Si el alojamiento estuvo cerrado, la declaración se presenta con la opción “sin actividad”. La omisión total es lo que provoca la revocación.

Puede presentarlo el propietario registral o quien acredite la gestión del inmueble.

Qué datos hay que declarar

El modelo se organiza en tres bloques:

  1. Datos del presentante — identificación de quien presenta el informe.
  2. Datos de la finca — referencia registral (CRU) del inmueble.
  3. Detalle de actividad — una línea por cada estancia realizada durante el año natural anterior.

Por cada estancia debes informar:

CampoFormatoDetalle
NRUAAlfanuméricoEl número de registro único de la unidad
FinalidadCódigo 1–51 vacacional/turístico, 2 laboral, 3 estudios, 4 médico, 5 otros
Número de huéspedesEnteroOcupantes reales de la estancia
Fecha de entradaDD/MM/AAAAFecha real de acceso al alojamiento
Fecha de salidaDD/MM/AAAAObligatorio; si falta, la estancia se presume activa
Sin actividadMarcaPara unidades sin ninguna estancia en el año

Los datos se introducen manualmente o mediante importación de un fichero CSV con el formato exacto que exige N2.

Cuándo hay que presentarlo: la ventana anual

La ventana de presentación es del 1 de febrero al 2 de marzo de cada año. Los datos que se declaran son los del año natural anterior:

Año de presentaciónDatos que se declaranPeriodo de estancias
2026 (primer año)2025Desde el 1 de julio de 2025
20272026Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026
20282027Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027

El coste registral es aproximadamente 27 € + IVA por cada NRUA presentado.

Cómo se presenta: App N2 del Registro de la Propiedad

La herramienta oficial es la aplicación N2, de descarga gratuita desde la Sede Electrónica de los Registradores. El proceso tiene cuatro pasos:

  1. Descarga e instalación de N2 (disponible para Windows; versión Mac/Linux publicada a partir de febrero de 2026).
  2. Creación del depósito: indica el ejercicio, el NRUA, los datos del presentante y el CRU de la finca.
  3. Carga de datos: manual (reserva a reserva) o por importación de CSV.
  4. Generación del archivo XBRL y presentación telemática con certificado digital o presencial en el Registro.

El formato del CSV es específico: separador punto y coma, fechas DD/MM/AAAA, orden de columnas fijo. Cualquier desviación devuelve error en la validación de N2.

Si ya pasó el plazo del 2 de marzo de 2026

El primer plazo era el 2 de marzo de 2026. Si no presentaste a tiempo, el riesgo es la revocación del NRUA. Lo que puedes hacer ahora:

  • Contacta con tu Registro de la Propiedad para consultar si admiten una presentación extemporánea o si la revocación ya está tramitada.
  • Comprueba el estado de tu NRUA en el registro autonómico correspondiente.
  • Si el NRUA fue revocado, tendrás que iniciar el proceso de alta de nuevo.

El Colegio de Registradores no ha publicado plazo para subsanación tardía, por lo que actuar cuanto antes reduce el riesgo.

No confundas estas tres obligaciones

Los gestores de alojamientos turísticos en España tienen tres obligaciones de datos que se solapan en el tiempo pero son completamente independientes:

ObligaciónBase legalQué declaraA quiénCuándo
Partes de viajeros / SES.HOSPEDAJESRD 933/2021Datos personales de cada huéspedMinisterio del InteriorDentro de las 24 h siguientes a la entrada
Modelo 179 / DAC7LIRPF + Directiva DAC7Rentas percibidas por alquileresAgencia TributariaEnero de cada año
Depósito arrendamientos / VAU/1560/2025RD 1312/2024Estancias anonimizadas (sin datos personales)Registro de la PropiedadFebrero de cada año

El depósito de arrendamientos no incluye datos personales de los huéspedes. Lo que informa es la actividad agregada: fechas, finalidad y número de ocupantes. No sustituye al Modelo 179 ni a los partes de viajeros de SES.

Qué datos de RegistroViajero puedes usar directamente

Cada reserva que gestionas con RegistroViajero ya recoge las fechas de entrada y salida y el número de huéspedes — los mismos campos que exige el depósito. Cuando llegue febrero, tendrás el histórico de estancias del año disponible en tu cuenta sin necesidad de reconstruirlo desde correos o calendarios externos.

El NRUA y la finalidad (código 1–5) son los únicos campos que debes añadir manualmente, porque dependen de la naturaleza de cada reserva y no del parte de viajeros. La mayoría de alojamientos turísticos declararán finalidad 1 (vacacional/turístico) en todas sus estancias.

El ciclo anual desde ahora

El depósito de arrendamientos es una obligación recurrente. La forma más sencilla de gestionarla es mantener un registro limpio de reservas durante todo el año — fechas exactas de entrada y salida, número de huéspedes — para que en febrero solo tengas que exportar, formatear y presentar. La información que ya recoge el check-in digital del RD 933/2021 es la misma base de datos que necesitas para el depósito.

Dos obligaciones distintas, misma fuente de datos.

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